Qué es el seguro escolar obligatorio
Obligatoriedad del seguro escolar En este artículo te informaremos sobre el se...
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Seguro de Accidentes de Convenio para Profesores
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En muchos sectores profesionales, la regulación de determinados aspectos del ámbito laboral, como pueden ser las retribuciones, horas de trabajo, periodos vacacionales, etc., se estipula a través de un convenio colectivo. Éste puede tener un ámbito estatal, autonómico, provincial o de empresa. Así, en los casos en los que existe un convenio específico de nivel nacional, dicho sector profesional se regirá por éste. Pero en caso de que existiera un convenio a nivel autonómico, provincial o de empresa será éste el que regule el sector.
El convenio colectivo para centros de enseñanza concertada exige la contratación de un seguro de accidentes de convenio. La razón de esa obligatoriedad es que los trabajadores de la empresa siempre cuenten con una protección ante posibles accidentes que provoquen incapacidad (permanente, temporal o absoluta), muerte, gran invalidez… Aunque las coberturas y capitales de un seguro de accidentes de convenio para profesores de centros de enseñanza concertada están estipuladas en el convenio colectivo estatal, pueden verse aumentadas o mejoradas por convenios autonómicos o provinciales en determinados casos.
En el caso concreto del Convenio estatal colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, se establece que es obligatorio contratar un seguro de accidentes de convenio para el profesorado en dichos centros educativos. No obstante como ya hemos explicado, las garantías y los capitales de la póliza del seguro de accidentes de convenio para profesores que detalla el convenio estatal pueden variar si existe un convenio provincial o autonómico. Pero en cualquier caso, las garantías del seguro de accidentes especificadas en un convenio a nivel de provincia o comunidad autónoma, nunca han de estar por debajo de lo que estipula el convenio nacional.
Un seguro de accidentes de convenio en centros de enseñanza concertada debe cubrir al profesorado en caso de accidentes laborales o no laborales que provoquen fallecimiento o incapacidad permanente (parcial, total o absoluta) o gran invalidez. Además de asistencia sanitaria en caso de accidente y responsabilidad civil con motivo de actuaciones profesionales.
Además es muy importante señalar que este tipo de seguro solo cubre las indemnizaciones a aquellos trabajadores que estén dados de alta en el modelo TC2 de la empresa en el momento del accidente. Es decir, sin importar el número de trabajadores que hubiese en empresa en el inicio de año en curso de la póliza.
A continuación detallamos las coberturas del seguro y límites que exige a nivel estatal el convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos. Aunque como ya dijimos estas cantidades puedan verse aumentadas en otros convenios de ámbito autonómico o provincial.
Casos de incapacidad permanente (parcial, absoluta o total) por accidente laboral o no laboral, un capital de 30.050,61 €.
Se entenderá por incapacidad permanente parcial cuando dicha incapacidad es permanente pero permite al trabajador desarrollar su actividad con algunas limitaciones, por tanto no llega a ser total. Hablaremos de incapacidad permanente total en aquellos casos en que el trabajador se vea incapacitado para trabajar de forma permanente en su profesión habitual. Y por último, se entenderá un caso de incapacidad permanente absoluta cuando el asegurado se vea incapacitado de forma permanente para desarrollar cualquier tipo de actividad profesional.
En los casos de gran invalidez por accidente laboral o no laboral, el capital asegurado será también de 30.050,61 €. entendiendo por gran invalidez cuando el trabajador no pueda ejercer ningún tipo de actividad profesional debido al accidente. Además, a diferencia de la incapacidad permanente absoluta la gran invalidez requiere asistencia de terceros para la vida diaria.
En casos de muerte por accidente laboral o no laboral, la póliza contempla un capital de 18.030,36 €.
En caso de accidente laboral, así como accidente en la vida privada, el seguro cubriría la asistencia médica con un capital ilimitado. Es habitual que para dar cobertura ilimitada, la compañía de seguros exija que la asistencia sanitaria se preste en centros concertados. Algunas pólizas ofrecen una cobertura adicional de asistencia sanitaria limitada a un capital, para centros de libre elección (además de ilimitada en centros concertados con la aseguradora).
A la hora de contratar este tipo de seguros de accidentes el precio se calcula principalmente en función del número de profesores que trabajan en el centro, así como el lugar o lugares dónde la empresa desarrolle su actividad. A continuación lo explicamos con más detalle. Si deseas saber el precio exacto de tu seguro de accidentes de convenio no dudes en contactar con nosotros, estaremos encantados de ayudarte.
El precio se verá directamente afectado por el número de empleados que consten en el TC2. Lógicamente a mayor numero de profesores en el centro más alta será la prima. Además el número de empleados se debe comunicar cada año a la compañía, ya que ésta irá regularizando la póliza a cada vencimiento.
Además de lo exigido en el convenio estatal, puede que algunas provincias o comunidades autónomas fijen en sus convenios distintos capitales y conceptos para la indemnización en cada garantía. De esta forma el precio del seguro dependerá siempre de las exigencias del convenio en cuestión. Si la empresa ejerce su actividad en varias provincias debería contratar un seguro adaptado a los requerimientos de cada convenio.
Por último, además del seguro de accidentes, el convenio estatal colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos exige contratar un seguro de responsabilidad civil para los profesores.
Este seguro de responsabilidad civil da cobertura a los daños a terceros producidos con motivo de actuaciones exclusivamente profesionales, con inclusión de fianza y defensa penal. La prestación máxima por siniestro es de 50.000 € excluyendo los siguientes casos:
Si deseas obtener más información acerca del seguro de responsabilidad civil para centros de enseñanza, visita la siguiente página: seguro de responsabilidad civil para colegios.
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